jueves, 4 de abril de 2013

No será fácil adecuar horarios de empresas de vigilancia a nueva jornada laboral

A poco más de un mes para la entrada en vigencia la nueva jornada laboral, “en la mayoría de las empresas del sector reina la incertidumbre, ya que para las empresas de Vigilancia Privada no será tarea fácil adecuar sus horarios dentro del marco establecido en la LOTTT” así lo manifestó Carlos Barrios, Gerente de RRHH de CORINPROINCA.

Como se sabrá el 07 de mayo de 2012 se publicó en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº   6.076 la nueva Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT); la cual postergó la entrada en vigencia de los nuevos horarios y jornadas laborales a un año posterior a su promulgación, fecha que se cumplirá el 07 de mayo del 2013.

Señala Carlos Barrios que “la nueva legislación establece que la jornada no debe exceder de 40 horas semanales y que la entidad de trabajo debe garantizar a sus trabajadores el disfrute de 2 días continuos de descanso semanalmente, mientras que con la legislación anterior solamente era obligatorio dar un día de descanso y la jornada se podía extender hasta 44 horas por semana”.

“En Corinproinca, desde hace ya unos cuantos meses, hemos venido analizando diferentes escenarios que hemos compartido con otras empresas hermanas, para ajustar nuestros actuales horarios del esquema 6 días laborables por 1 día libre (6x1) en jornadas de 11 horas y adaptarlos a la nueva realidad que impone la ley” continúa Carlos Barrios.

“Revisamos la opción de establecer turnos de ocho horas, por cinco días a la semana con sus correspondientes dos días libres consecutivos: el resultado no fue halagador, -agrega Carlos Barrios-, ya que para cumplir a cabalidad con nuestros clientes deberíamos duplicar la fuerza hombre actual, lo que impactaría significativamente en los costos de la operación tanto para la empresa como para nuestros clientes”.

“Por otra parte –continúa- en turnos de 8 horas se incrementa exponencialmente el riesgo para los trabajadores en cuanto a los accidentes laborales en trayecto, al tener el trabajador que desplazarse desde su sitio de trabajo a su residencia en altas horas de la noche, complicándose así la logística para realizar las coberturas necesarias en los puestos de servicio”.

Habrá que recordar que la opción de mantener jornadas laborales de 11 horas no desaparece, ya que está contenida en lo establecido en el Artículo 175, -como Horarios Especiales o Convenidos-, por lo cual; los horarios especiales actualmente empleados por las empresas de vigilancia pueden exceder los límites establecidos para la jornada diaria, con la condición de que no excedan las 40 horas laborables semanales para el horario diurno y las 37 horas semanales para el nocturno.

“El anterior esquema de 11 horas permite cumplir con los parámetros establecidos en la ley en cuanto a no exceder el promedio de 40 horas trabajadas en el lapso de ocho semanas, también el impacto en cuanto al incremento de la fuerza hombre es menor ya que se requeriría aumentar la plantilla tan sólo en un 55% aproximadamente, sin embargo éste impacta directamente en el ingreso del trabajador ya que al tener mayor número de días libres en su jornada semanal, conlleva a una merma en el número de tickets de alimentación ya que estos se cancelan por jornadas efectivamente trabajadas” puntualizó el representante de CORINPROINCA.

Hasta la fecha y a pesar de haber transcurrido ya casi un año, no se cuenta aún con el nuevo reglamento de la ley, en consecuencia tanto el sector de los trabajadores así como el empresariado en general esperan con ansiedad su oportuna publicación, sin embargo se cree que la causa del retraso se debe a los acontecimientos vividos en el país durante las últimas semanas.

Finaliza Carlos Barrios señalando que “el futuro que se avizora no es fácil, trabajadores y patronos deberán ser lo suficientemente creativos para lograr acuerdos y los sacrificios tendrán que ser compartidos. Tales acuerdos deberán garantizar ante todo el cumplimiento de la nueva ley, el derecho inalienable al trabajo, también se deberá asegurar que el ingreso de los trabajadores no se vea mermado significativamente, que no disminuya la productividad, que los costos de la operación no se incrementen exageradamente y que la rentabilidad de las empresas, que son las fuentes de trabajo permitan la permanencia en el mercado, en otras palabras, el esquema a lograr debe ser el de ganar-ganar y en el caso específico de Corinproinca, ese es nuestro reto”.

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