martes, 5 de octubre de 2010

Inscripción en el Registro Militar vence el 21/10/2010




Venezolanos(as) en edad militar comprendida desde los 18 hasta los 60 años, están obligados a Inscribirse en el Registro Militar antes del 21/10/2010; so pena de ser sancionados con multa equivalente a 12 UT.


Con fecha 21/10/2009 fue publicada en Gaceta Oficial Nro. 5.993 la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, la cual establece el conjunto de normas que regulan el deber que tienen todos los venezolanos y venezolanas de cumplir con el servicio militar, necesario para la defensa de la patria.

De acuerdo a su contenido las obligaciones militares aplican a aquellos venezolanos y venezolanas en edad militar, la cual comprende desde los 18 hasta los 60 años estando obligados a Inscribirse en el Registro Militar so pena de ser sancionado con multa equivalente a doce (12) Unidades Tributarias (UT) de conformidad con el Artículo 82 de la citada Ley.

Por otra parte, a partir de su entrada en vigencia los patronos -sean públicos o privados- están obligados de exigir el Registro Militar de sus trabajadores(as) antes de celebrar el respectivo Contrato de Trabajo, so pena igualmente de ser sancionados con multa equivalente a veinte (20) Unidades Tributarias (UT) de conformidad con el Artículo 86.

Así mismo, dentro de las Disposiciones Transitorias se estable un lapso no mayor de una año contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Ley, para que aquellos venezolanos (as) que no se hayan inscrito oportunamente, para que formalicen su Inscripción y Registro; fecha que vence el próximo 21/10/2010.

Los requisitos necesarios para formalizar la Inscripción ante la Junta de Conscripción Militar más cercana a su localidad o domicilio son:
  1. Partida de Nacimiento
  2. Fotocopia de la Cédula de Identidad
  3. Dos (02) Fotografías tipo Carnet.

Igualmente la acreditación de la inscripción en el Registro Militar será requisito obligatorio para diversos trámites tales como; inscribirse para cursar estudios diversificados y universitarios, obtener Licencias de Conducir Vehículos, obtención de becas y otros, así como también obliga a todos los entes públicos o privados cuyas funciones impliquen la utilización de armas de fuego, a emplear solamente a personas que hayan cumplido con el servicio militar.

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